En las fichas de subastas de Córdoba indicamos la fecha de inicio y la de conclusión que publica el organismo. Detrás de esas dos fechas hay reglas que cambian según quién convoca la subasta, y una de ellas cambió en 2025.
El anuncio que se publica en el Boletín Oficial del Estado es muy escueto. Según el artículo 646.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contiene la fecha, la oficina judicial, el número de identificación de la subasta, su clase y la dirección electrónica donde se consulta. Toda la información de verdad está en el Portal de Subastas.
La subasta judicial se abre transcurridas, al menos, veinticuatro horas desde la publicación del anuncio (artículo 648, regla 2.ª). En las de la Agencia Tributaria la regla es la misma (artículo 101.3 del Reglamento General de Recaudación), que añade que entre las notificaciones y la subasta deben pasar como mínimo quince días.
Lo que no se puede saber es el día concreto. La ayuda del portal lo advierte: la fecha de inicio se publica según los intervalos de publicación de anuncios, entre tres y seis días hábiles. Lo hemos visto con una subasta de un piso en la calle Algeciras de Córdoba: el 2 de septiembre de 2026 figuraba como publicada y sin fechas; el 14 de septiembre estaba abierta desde el día 4.
En los inmuebles hay un matiz más: si no llega a tiempo la información registral, la subasta comienza igualmente una vez transcurridas cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio, dejando constancia de ello (artículo 667.2).
El periodo de pujas es de veinte días naturales desde la apertura, tanto en las subastas judiciales (artículo 649.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) como en las de la Agencia Tributaria. Naturales significa que cuentan los sábados, los domingos y los festivos.
Las subastas judiciales tienen además una restricción sobre el día final: no pueden terminar en sábado, domingo ni fiesta nacional, entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, ni en el mes de agosto. El artículo 104 del Reglamento General de Recaudación no recoge esa limitación para las subastas de Hacienda.
Hasta 2025, la regla que conocía todo el mundo era que una subasta del BOE no se cerraba mientras hubiera pujas en la última hora. Eso ya no vale para las subastas judiciales.
La Ley Orgánica 1/2025 reescribió el artículo 649.1, que ahora habla de un plazo improrrogable de veinte días naturales. La redacción anterior decía que la subasta no se cerraría hasta transcurrida una hora desde la última postura, con un máximo de 24 horas; ese texto ha desaparecido.
Además, el artículo 648, regla 6.ª, establece que el portal no informará de la existencia o inexistencia de pujas ni de su cuantía, porque tienen carácter secreto. Las condiciones del Portal de Subastas aprobadas el 2 de abril de 2025 lo aplican así a las subastas judiciales sometidas a la reforma: veinte días naturales, sin posibilidad de prórroga alguna, aunque existan pujas durante la última hora.
En las subastas de Hacienda la regla sigue viva. El artículo 104.3 del Reglamento General de Recaudación dispone que la subasta no se cerrará hasta que haya transcurrido una hora desde la realización de la última puja, aunque eso amplíe el plazo, con un límite máximo de 24 horas. Y aquí la puja más alta es pública.
La ayuda del portal pone un ejemplo: si el cierre estaba previsto a las 18:00 y alguien puja a las 17:45, el nuevo cierre pasa a las 18:45, porque el tiempo restante vuelve a ser de una hora.
No depende solo del organismo. La disposición transitoria novena de la Ley Orgánica 1/2025 aplica la reforma exclusivamente a los procedimientos incoados después de su entrada en vigor, así que una subasta judicial de un procedimiento anterior puede seguir con prórroga. La propia ficha del portal lo indica. El 14 de septiembre de 2026 lo comprobamos en dos subastas de la provincia:
Las fechas del Portal de Subastas aparecen con la etiqueta «CET» y, a continuación, la misma fecha en formato internacional. En las subastas de septiembre de 2026 ese formato termina en +02:00, que corresponde a la hora oficial peninsular de verano, no a la hora de invierno que sugiere la etiqueta. El reloj del propio portal va con esa hora peninsular. No hemos encontrado un texto oficial que lo explique, así que, ante la duda, fíjate en el valor entre paréntesis.
Si la Autoridad Gestora suspende la subasta, las condiciones del portal prevén que se reanude automáticamente a las 12:00 horas de la fecha de reanudación prevista y por el tiempo que le quedaba. En las judiciales, una suspensión de más de quince días naturales equivale a cancelarla, con devolución de los depósitos (artículo 649.2). Lo explicamos en detalle en qué significa que una subasta esté suspendida o cancelada.
Las subastas de la Tesorería General de la Seguridad Social no se celebran en el Portal del BOE. Se anuncian en el tablón de su sede electrónica y son presenciales, con un calendario propio:
El detalle está en cómo funcionan las subastas de la Seguridad Social en Córdoba.
| Apertura | Judicial y Agencia Tributaria: al menos 24 horas después del anuncio en el BOE. Seguridad Social: ofertas durante al menos un mes desde la convocatoria |
|---|---|
| Duración | Judicial y Agencia Tributaria: 20 días naturales. Seguridad Social: un único acto presencial en la fecha señalada |
| Cierre | Judicial (desde la LO 1/2025): improrrogable y con pujas secretas. Agencia Tributaria: una hora tras la última puja, máximo 24 horas más |
| Resolución | Judicial: remate el día siguiente al cierre si la puja llega al 70 %. Agencia Tributaria: Mesa en un máximo de 15 días naturales |
| Pago del resto | Judicial: 20 días desde el cierre. Agencia Tributaria: 15 días desde la notificación. Seguridad Social: 5 días hábiles |
Cada ficha muestra la fecha de inicio y la de conclusión tal y como figuran en la fuente oficial. Mientras una subasta está publicada y sin fechas la marcamos como «Próxima» y lo indicamos expresamente. Si la fecha de conclusión ya ha pasado y todavía no hemos podido confirmar el estado en el portal, la tarjeta muestra «Plazo vencido» en lugar de seguir anunciándola como abierta.
Al menos veinticuatro horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, según el artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 101.3 del Reglamento General de Recaudación. La ayuda del Portal de Subastas advierte de que la fecha exacta de inicio no se conoce con antelación, porque depende de los intervalos de publicación de anuncios, de entre tres y seis días hábiles.
Veinte días naturales desde su apertura, tanto en las subastas judiciales (artículo 649.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) como en las de la Agencia Tributaria. Las judiciales no pueden terminar en sábado, domingo, fiesta nacional, entre el 24 de diciembre y el 6 de enero ni en agosto.
Depende del tipo de subasta. En las judiciales sujetas a la Ley Orgánica 1/2025 el plazo es improrrogable y las pujas son secretas. En las de la Agencia Tributaria, el artículo 104.3 del Reglamento General de Recaudación establece que la subasta no se cierra hasta una hora después de la última puja, con un máximo de 24 horas de ampliación.
Porque desde el 3 de abril de 2025 el artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el portal no informa de la existencia o inexistencia de pujas ni de su cuantía, ya que tienen carácter secreto. En las subastas de procedimientos anteriores a la reforma, y en las de la Agencia Tributaria, la puja más alta sí es pública.
El portal muestra la etiqueta CET, pero junto a cada fecha incluye su valor en formato internacional, que en septiembre de 2026 termina en +02:00, la hora oficial peninsular de verano. No hemos encontrado un texto oficial que lo explique, por lo que conviene fijarse en ese valor.
En las subastas judiciales, el artículo 652.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ordena al portal devolver inmediatamente los depósitos de los postores tras el cierre, salvo el del mejor postor y los de quienes pidan mantener la reserva. En las de la Agencia Tributaria, los depósitos sin reserva quedan disponibles al terminar el periodo de ofertas.
No. Son presenciales y se anuncian en la sede electrónica de la Seguridad Social. El plazo para presentar ofertas es de al menos un mes, las posturas en sobre cerrado se admiten hasta el día hábil anterior y la subasta se celebra en un único acto en la fecha señalada.
El calendario de una subasta del BOE se resume en tres cifras: veinticuatro horas como mínimo hasta la apertura, veinte días naturales de pujas y un cierre que depende del régimen.
Ese cierre es lo que más ha cambiado. En las subastas judiciales sujetas a la reforma de 2025 no hay prórroga y las pujas son secretas; en las de Hacienda sigue la ampliación de una hora. La ficha de cada subasta en el portal indica cuál aplica, y conviene leerlo antes de planificar la puja.
Si vas a participar, sigue con cómo participar en el Portal de Subastas paso a paso.
La información normativa de este artículo procede de las siguientes fuentes oficiales, consultadas en su versión vigente el 14 de septiembre de 2026:
La normativa puede modificarse: comprueba siempre la versión vigente en el BOE y las condiciones particulares del anuncio de la subasta que te interese.